Vicerrectorado de Investigación y Transferencia
Competencias (RESOLUCIÓN de 17 de diciembre de 2014, DOE nº 1, 2/enero/2015)
- El ejercicio de todas las facultades y atribuciones que corresponden al Rector en materia de gestión y divulgación de la investigación, becas y ayudas a la investigación, así como en relación con los beneficiarios de las mismas, que incluye el mantenimiento y actualización del registro de becarios -de investigación y de servicios-.
- Las competencias para autorizar los proyectos y ayudas a la investigación y la celebración de convenios relacionados con la investigación, promoviendo la colaboración I+D+i con empresas e instituciones.
- La autorización y celebración de contratos y convenios para la realización de trabajos de carácter científico, técnico o artístico, así como para el desarrollo de enseñanzas de especialización o actividades específicas de formación, previstos en el artículo 83 de la Ley Orgánica de Universidades y en el artículo 254 de los Estatutos de la Universidad de Extremadura.
- Las acciones tendentes a dar cumplimiento a las previsiones estatutarias sobre la Memoria de investigación y sobre Grupos de Investigación, en cuanto no sean competencia de otro órgano.
- La autorización y solicitud de la inscripción o registro de patentes y prototipos derivados de la investigación.
- La promoción y coordinación de actuaciones de apoyo a la actividad investigadora, de gestión de la investigación y puesta en valor de la misma, así como la promoción y coordinación de empresas de base tecnológica. En especial, la promoción y coordinación del Plan Propio de Investigación y e Innovación de la Universidad de Extremadura.
- La coordinación y control de la infraestructura científica de la Universidad de Extremadura.
- La promoción y coordinación de Institutos Universitarios de Investigación, ya sean propios, conjuntos o adscritos, creados al amparo de las disposiciones estatutarias.
- La participación en las negociaciones y relaciones que se lleven a cabo con los órganos de representación del personal científico e investigador, sin perjuicio de las atribuciones que en materia de personal docente e investigador se delegan al Vicerrector de Profesorado, y de acuerdo con las instrucciones que el Rector le confiera.
- Las competencias atribuidas al Rector en cuanto a la firma de contratos y sus incidencias relativas al personal científico e investigador contratado conforme a la legislación aplicable
- La dependencia funcional de los siguientes servicios y/o unidades: Servicio de Gestión y Transferencia de Resultados de la Investigación, Servicios de Apoyo a la Investigación, el Servicio de Difusión de la Cultura Científica (en coordinación con el Gabinete de Información y Comunicación), Institutos Universitarios, Clínica Podológica y Hospital Clínico Veterinario.
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